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Gestión de comunidades de vecinos

El establecimiento de reglas, normas, deberes y obligaciones en la sociedad, permite que la sana convivencia se desarrolle entre comunidades, impulsando el buen vivir entre sus habitantes.
En este sentido, a favor de la armonía y equilibrio, quienes coexisten en condominios, requieren de la integración de todos sus propietarios, para hacer cumplir los estatutos originales de creación, convivencia y mantenimiento de áreas comunes y privadas, a fin de preservar las estructuras físicas a través del tiempo.

Gestión de comunidades de vecinos


Con esta finalidad, nacen las comunidades de vecinos o de propietarios, una figura legal, que alcanza al total de condóminos, comerciales, residenciales o industriales, según la tipificación del área y responden ante una asamblea general o junta como máximo ente de regulación.

Esta entidad, se encuentra regida en la mayoría de los países, y es que, a través de dicha Ley de Propiedad Horizontal, se les establece un listado de diferentes atribuciones, las cuales deben ser acotadas por todos y cada uno de los dueños y habitantes de las unidades individuales que le integran.

Registro de la Comunidad de Vecinos

El carácter legal de la junta o en su defecto comunidad de vecinos da inicio al momento de su registro. Para ello, todos los propietarios de las unidades bien sea de usanza productiva o residencial, se deben reunir para crear un consenso, basado primeramente en los estatutos del condominio, para así redactar los reglamentos internos por los cuales serán regidos en adelante.

No obstante, es un requisito que a través de elecciones se fije un representante para dicha comunidad, llevando así el rol de presidente. Es decir, una figura que será rotativa entre los diferentes propietarios conforme expire el periodo acordado.

Asimismo, se debe escoger a un secretario y a un administrador, cuyas funciones estarán establecidas en el precepto, debiendo rendir cuentas al colectivo en un periodo de tiempo.

Es necesario, que en la constitución de la comunidad de vecinos, se resalten las cuotas de participación de cada unidad individual del inmueble, para respaldar la constitución de gastos y porcentajes de cuotas que correspondan.

Obligaciones y principios esenciales

Como ente rector del inmueble, la comunidad de vecinos establece las pautas básicas de convivencia, que se pueden resumir en:

Cada propietario deberá asumir en algún periodo la representación de la comunidad así como la figura de secretario y administrador. Es decir, estarán incluidos en el sistema de rotación, cuya elección podrá ser establecida por antigüedad, pisos, turnos entre otros elementos determinados por la junta.

En caso de no poder ejercer funciones, se debe dejar por escrito las causas del rechazo al cargo o limitaciones que impiden su ejercicio.

Los propietarios están obligados a cumplir con la contribución de los gastos de la comunidad, según lo determine su cuota de participación; asimismo, en las normativas internas puede quedar establecido, las cuotas o cánones especiales para la cobertura de determinados gastos, anunciados con antelación para su sufrago.

Las reuniones de junta se deberán celebrar como mínimo una vez al año, a fin de realizar la rendición o corte de cuentas a la comunidad, presentar el presupuesto de gastos y asuntos de interés general.

Asimismo, el presidente podrá realizar convocatorias para toma de decisiones, donde deberá asistir al menos el veinticinco por ciento de la comunidad total, para validar los acuerdos que surjan.

Las áreas comunes pertenecen a todos y cada uno de los propietarios, por ello no debe ser utilizada para fines particulares no autorizados y ocupada por artículos que impidan su uso entre los vecinos.

En caso de venta de alguna unidad, el propietario de segunda mano deberá asumir las deudas si existieran del año en curso y/o del anterior; por lo cual es recomendable, solicitar un corte de cuenta antes de la adquisición.

Cada condómino tiene como deber facilitarle el acceso a la entrada de su vivienda o local en caso de las reparaciones mayores que se susciten o modificaciones a las estructuras sean para fines comunes, teniendo derecho a indemnizaciones en caso de afectaciones a su unidad.

Diálogo y armonía en la convivencia

Más allá de las obligaciones económicas y deberes a cumplir por los propietarios de todo el inmueble, la comunidad de vecinos es un mediador en los conflictos entre habitantes.

Por ello es necesario, promover la comunicación efectiva y entendimiento entre los integrantes de la comunidad, sin hacerse parte del problema, a fin de encontrar las soluciones efectivas a las desavenencias comunes – y no tanto-, que se presenten.

Hacer valer normas básicas de respeto, empatía y diálogo, apoyará a la gestión de la comunidad de vecinos para evitar conflictos desproporcionados que alteren o causen desorden en la sana convivencia, teniendo en cuenta las necesidades generales de todos.

En un dado caso, que la conciliación no sea efectiva y continúe, la comunidad de vecino podrá acudir a instituciones del Estado, cuyo fin es la mediación comunitaria para la resolución de los mismos.

En última instancia, podrán impulsar o apoyar las acciones legales que se ameriten para dar fin a la situación que afecte la paz, estabilidad o ponga en situaciones de riesgo a la colectividad.

Toda acción ejecutada por la comunidad de vecinos debe ser constructiva, sin estar apegadas a intereses personales de ninguna índole más allá del bien común, tampoco puede ser juez y parte del problema.

En caso de ocurrir conflicto de intereses, alguno de los integrantes se podrá inhibir de participar, para que otro árbitro imparcial designado, pueda ayudar a la resolución.

Sugerencias de interés

Es necesario recordar que cada propietario solo puede ejecutar obras en su unidad física que lleven a alterar el diseño original, modificar las áreas de servicio internas entre otras, sin que ello altere la seguridad en bases o cimientos del edificio, o modifique su estructura externa.

Asimismo, los trabajos que se ejecuten previamente deben ser comunicados o informados a la junta de vecinos, teniendo a su vez sumo cuidado de no alterar o interferir en los derechos de otro condómino, o en su defecto, área común.

Las sanas relaciones entre vecinos emerge una responsabilidad intrínseca entre cada uno de ellos; evitar realizar acciones no acordes con la comunidad, es clave para la paz y armonía de la colectividad.